- Requisitos Legales Elementales para la Incorporación de Socios o Accionistas
- Errores Frecuentes en el Proceso de Incorporación
- Modificaciones Estatutarias y Formalizaciones Notariales
- Aspectos Tributarios e Implicancias Fiscales
- Protección de Minoritarios y Derechos Societarios
- Preguntas Frecuentes
- Tu Seguridad Jurídica es Nuestra Prioridad
- Escríbenos hoy mismo
La incorporación de nuevos socios o accionistas representa uno de los procesos más delicados en la vida de una empresa, pues en ocasiones implica modificaciones en la estructura societaria y puede generar consecuencias legales significativas si no se realiza correctamente. Los profesionales de Legal Prisma han observado que muchas empresas cometen errores costosos durante este proceso, lo que puede comprometer la estabilidad jurídica y operacional del negocio.

Requisitos Legales Elementales para la Incorporación de Socios o Accionistas
Antes de proceder con la incorporación de nuevos socios o accionistas a la empresa, es esencial cumplir con los requisitos establecidos en la legislación chilena dependiendo del tipo social.
Para el caso de las sociedades de capital como las Sociedades Anónimas (S.A) y las Sociedades por Acciones (SpA), su característica es la libre circulación de las acciones, por lo que salvo que existan pactos de accionistas que limiten la libre transferencia, su circulación depende de la voluntad de cada accionista de vender sus participaciones.
Ahora bien, para el caso de que los accionistas quieran mantener sus acciones, la alternativa es aumentar capital, a través de la emisión de nuevas acciones para que así los nuevos accionistas las suscriban. Este último caso es una modificación de estatutos, por lo que se debe seguir un procedimiento específico que incluya la convocatoria a junta extraordinaria de accionistas y su posterior aprobación, o bien derechamente la suscripción de un acuerdo de accionistas en donde concurran todos los accionistas si es que existe unanimidad.
Para el caso de las sociedades de personas como las de Responsabilidad Limitada (SRL), el pacto social (estatutos) debe ser modificado por unanimidad de los socios para reflejar la nueva composición societaria.
Errores Frecuentes en el Proceso de Incorporación
Uno de los errores más comunes es no realizar una debida diligencia adecuada del nuevo socio o accionista. Esto incluye verificar su capacidad legal, solvencia económica y antecedentes comerciales. La falta de esta verificación puede exponer a la empresa a riesgos financieros y reputacionales significativos.
Otro error recurrente es la inadecuada valorización de las participaciones sociales. La determinación del valor de la empresa y la proporción de participación que corresponde al nuevo socio debe basarse en criterios objetivos y metodologías reconocidas, evitando conflictos posteriores entre los socios existentes con los nuevos miembros y eventuales fiscalizaciones del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Modificaciones Estatutarias y Formalizaciones Notariales
Para el caso de las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), la incorporación de nuevos socios requiere necesariamente la modificación del pacto social, proceso que debe realizarse mediante escritura pública ante notario. Esta formalización puede incluir muchas veces la modificación del capital social, y la definición de la administración con la nueva composición societaria.
Luego, para el caso de las sociedades de capital, si es que se optó por un aumento de capital, para el caso de las (S.A) también es requerido reducción a escritura pública de los acuerdos sociales alcanzados. Por su parte las (SpA), cuya característica es la flexibilidad, es posible hacerlo por escritura privada protocolizada ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, si se optó por la compraventa de acciones, esto no implica una modificación de estatutos y basta con la celebración de acuerdos privados que posteriormente deben ser inscritos en los registros de accionistas respectivos.
Es fundamental que un extracto de estos cambios se inscriban oportunamente en el Registro de Comercio correspondiente y posteriormente se inscriban en el DIario Oficial (D.O.), ya que solo a partir de esta inscripción la modificación tendrá efecto legal respecto de terceros. El incumplimiento de estos trámites puede afectar la validez de los actos societarios.
Cabe señalar que para el caso de las empresas constituidas a través del sistema Tu Empresa en Un Día, el proceso es diferente y luego de las escrituras notariales, todo debe ser inscrito en la plataforma respectiva.
Aspectos Tributarios e Implicancias Fiscales
La incorporación de socios puede generar consecuencias tributarias tanto para la sociedad como para los socios. Es necesario evaluar si la operación constituye un aporte de capital, una venta de participaciones entre socios, o una combinación de ambas figuras, ya que cada una tiene tratamientos fiscales diferentes.
Protección de Minoritarios y Derechos Societarios
Especialmente para las (SA), durante el proceso de incorporación de nuevos socios, es esencial verificar los derechos de los socios minoritarios existentes. La Ley de Sociedades Anónimas, establece mecanismos de protección como el derecho de preferencia en caso de aumentos de capital y el derecho de retiro en determinadas circunstancias.
El contrato social debe establecer claramente los mecanismos de resolución de conflictos, los procedimientos para la toma de decisiones y las mayorías necesarias para diferentes tipos de acuerdos. Esto evitará disputas futuras y proporcionará seguridad jurídica a todos los miembros de la sociedad.

Preguntas Frecuentes
¿Cuánto tiempo tarda el proceso de incorporación de un nuevo socio?
El proceso completo puede tomar entre 30 a 60 días hábiles, dependiendo de la complejidad de la operación, la alternativa elegida y los trámites requeridos. Dependiendo del caso esto incluye la preparación de documentos, junta de socios, escrituración, inscripción en el Registro de Comercio, publicaciones y actualizaciones tributarias.
¿Es obligatorio realizar una junta extraordinaria para incorporar nuevos socios?
Si se opta por un aumento de capital sí. La incorporación de nuevos socios constituye una modificación estatutaria que requiere acuerdo de junta extraordinaria de accionistas con las mayorías establecidas en los estatutos sociales o en la ley, según corresponda. Sin embargo, hay que señalar que si existe unanimidad, se puede evitar la junta extraordinaria de accionistas a través de un acuerdo de accionistas en donde todos los accionistas concurran a firmar.
Para el caso de las sociedades de responsabilidad limitada, la incorporación requiere unanimidad porque es una modificación del pacto social.
¿Puede un socio o accionista existente oponerse a la incorporación de un nuevo socio?
Depende del tipo de sociedad y lo establecido en los estatutos sociales. Generalmente, si se cumplen las mayorías requeridas, la incorporación procede. Sin embargo, algunos contratos establecen derechos de veto o procedimientos especiales para estos casos.
Para el caso de las sociedades de responsabilidad limitada se requiere siempre unanimidad.
¿Qué documentos necesita aportar el nuevo socio?
Por lo general es conveniente presentar certificados de antecedentes comerciales y penales, declaración jurada de bienes, comprobantes de solvencia económica, y toda la documentación que permita acreditar su idoneidad para formar parte de la sociedad.
Tu Seguridad Jurídica es Nuestra Prioridad
En Legal Prisma entendemos que la incorporación de nuevos socios o accionistas es una decisión estratégica que requiere asesoría legal especializada. Nuestro equipo de abogados corporativos cuenta con amplia experiencia en procesos societarios complejos y te acompañará durante todo el proceso para garantizar que la operación se realice de manera segura y eficiente.
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